Caminos Hacia la Vida En La Comunidad – Hoja de Información
Iniciativa El Dinero Sigue A La Persona En Illinois
Historial
El Programa Caminos Hacia Vida en la Comunidad es un Proyecto de Iniciativa Federal autorizado por la Ley de Reducción del Déficit de 2005. El programa se conoce a nivel nacional como la Iniciativa el Dinero Sigue a la Persona.
El programa es parte de un gran esfuerzo que resultó de la decisión en el caso Olmstead de 1999 en el Tribunal Supremo de EE. UU. La decisión Olmstead requiere que los estados tomen acciones para asegurarse de que las personas con discapacidades que necesitan cuidados a largo plazo tengan acceso a servicios en entornos o ambientes más integrados y menos restrictivos.
El programa busca aumentar el uso de servicios basados en la comunidad y reequilibrar el sistema de cuidados a largo plazo del estado proporcionando servicios apropiados, centrados en la persona para individuos interesados en la transición de intituciones o asilos a hogares en la comunidad.
En Illinois, el programa es administrado por el Departamento Cuidado de Salud y Servicios Para Familias, en colaboración con el Departamento de Servicios Humanos, Departamento Para Personas De Edad Avanzada y la Autoridad del Desarrollo de Vivienda de Illinois.
Componentes y Beneficios del Programa
Los coordinadores de transición trabajan con cada individuo para determinar la elegibilidad y su habilidad para vivir en la comunidad, y hacer un seguimiento de hasta 365 días después de la transición como un apoyo adicional en la comunidad.
la asistencia es proporcionada para ubicar viviendas elegibles que estén al alcance y sean accesibles para mudarse, incluyendo el costo de la mudanza.
Se desarrolla un plan de cuidado individual con los clientes o consumidores para determinar servicios y apoyos necesarios y satisfacer las necesidades de cada individuo. Esto también ayuda a los clientes a vivir con seguridad en un lugar en la comunidad.
Requisitos Para la Elegibilidad del Cliente
Enfoque en Población – Illinois ha escogido enfocarse en cuatro poblaciones de individuos – individuos mayores de 60 años,individuos con discapacidades físicas, individuos con enfermedades mentales serias o individuos con discapacidades intelectuales/del desarrollo que viven en asilos o en instituciones de cuidados a largo plazo.
Elegibilidad – Actualmente reside en un asilo o Institución de Cuidados Intermedios para Discapacitados del Desarrollo por lo menos por 90 días, y actualmente recibe Medicaid o es elegible para Medicaid, tiene la habilidad de recibir apoyos con seguridad en la comunidad, y puede mudarse a un ambiente de vivienda de calidad.
Estar Interesado en Mudarse a una Vivienda Calificada en la Comunidad – Vivienda incluye hogar propio o alquilado por la familia del individuo, un apartamento con contrato individual, un lugar en la comunidad con no más de cuatro individuos que no sean parientes, o una institución con un Programa de Vivienda con Apoyo, pueden ser opciones de vivienda para individuos de 65 años de edad y mayores.
¿Quién Puede Referir o Hacer Remisiones?
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HFS 9s (N-4-12)
IOCI0400-12