HFS 3777S Linea de Información y Derechos del Residente
Programa de Vivienda y Apoyo
Los proveedores del Programa de Vida de Apoyo (SLP, por sus siglas en inglés) ofrecen servicios a adultos
mayores (65 años o más) o personas con discapacidades físicas (22 años o más) en la comunidad. El SLP proporciona una alternativa a la atención tradicional en hogares de ancianos al ofrecer servicios de cuidado personal y apoyo en unentorno residencial. Los residentes pueden permanecer independientes y participaren decisiones que enfatizan la elección personal, la dignidad, la privacidad y la individualidad.
Como residente de SLP, se le garantizan ciertos derechos, protecciones y privilegios de acuerdo con la ley estatal y federal.
Si un tribunal de justicia ha designado un tutor legal para usted, su tutor puede ejercer sus derechos en su nombre.
Si ha nombrado a un agente bajo un poder notarial duradero para el cuidado de la salud, su agente puede ejercer sus derechos en su nombre.
La línea directa gratuita de SLP se puede utilizar para presentar una queja contra un proveedor de SLP, que incluye, entre otros: atención, servicios, abuso, negligencia, explotación y / o muerte inexplicable. Todas las quejas se mantienen confidenciales y se pueden hacer de forma anónima.
Este número de teléfono también se puede utilizar para hacer preguntas sobre el SLP.
LÍNEA DIRECTA DE QUEJAS 1-844-528-8444
De lunes a viernes 8:30 a.m. til 5:00 p.m.
Información de la línea directa
Derechos de los residentes
Cada residente de un entorno del Programa de Vida de Apoyo (SLP) tiene derecho a:
- Estar libre de abuso mental, emocional, social y físico, negligencia y explotación.
- Todas las viviendas y servicios que haya contratado y pagado.
- Hacer que sus registros se mantengan confidenciales y se divulguen solo con su consentimiento o de acuerdo con la ley aplicable.
- Tener acceso a sus registros con 48 horas de antelación (excluyendo fines de semana y festivos).
- Hacer que se respete su privacidad.
- Negarse a recibir o participar en cualquier servicio o actividad una vez que se hayan explicado al residente las posibles consecuencias de dicha negativa y se haya llegado a un acuerdo de riesgo negociado entre el residente, su representante designado y el proveedor de servicios, siempre que otros no se vean perjudicados por la negativa.
- Permanecer en la configuración de SLP, renunciando a los servicios recomendados o necesarios del proveedor de SLP o disponibles de otros.
- Organizar y recibir servicios no cubiertos por Medicaid que no estén disponibles del proveedor de servicios SLP contratado a expensas del residente, siempre y cuando el residente no viole las condiciones especificadas en el contrato de residente.
- Estar libre de restricciones no autorizadas.
- Controlar su tiempo, espacio y estilo de vida en la medida en que la salud, la seguridady el bienestar de los demás no se vean perturbados.
- Consumir alcohol y consumir tabaco de acuerdo con la política del proveedor de SLP especificada en el contrato de residente y cualquier estatuto aplicable.
- Tener visitantes de su elección en la medida en que no se perturbe la salud, la seguridady el bienestar de los demás y se respeten las disposiciones de los contratos de residentes.
- Tener compañeros de cuarto solo por elección del residente.
- Ser tratados en todo momento con cortesía, respeto y pleno reconocimiento de la dignidad personal y la individualidad.
- Tomar y actuar sobre decisiones (excepto aquellas decisiones delegadas a un tutor legal) en la medida en que la salud, la seguridad y
- Organizar y recibir servicios no cubiertos por Medicaid que no estén disponibles del proveedor de servicios SLP contratado a expensas del residente, siempre y cuando el residente no viole las condiciones especificadas en el contrato de residente.
- Estar libre de restricciones no autorizadas.
- Controlar su tiempo, espacio y estilo de vida en la medida en que la salud, la seguridad y el bienestar de los demás no se vean perturbados.
- Consumir alcohol y consumir tabaco de acuerdo con la política del proveedor de SLP especificada en el contrato de residente y cualquier estatuto aplicable.
- Tener visitantes de su elección en la medida en que no se perturbe la salud, la seguridad y el bienestar de los demás y se respeten las disposiciones de los contratos de residentes.
- Tener compañeros de cuarto solo por elección del residente.
- Ser tratados en todo momento con cortesía, respeto y pleno reconocimiento de la dignidad personal y la individualidad.
- Tomar y actuar sobre decisiones (excepto aquellas decisiones delegadas a un tutor legal) en la medida en que la salud, la seguridad y el bienestar de los demás no estén en peligro por sus acciones
- Participar en la implementación del desarrollo y revisión de sus planes de servicio.
- Mantener posesiones personales en la medida en que no representen un peligro para la salud, la seguridad y el bienestar del residente y de los demás.
- Almacenar y preparar alimentos en su apartamento en la medida en que la salud, la seguridad y el bienestar del residente y otros no estén en peligro y no se violen las disposiciones del contrato del residente.
- Designar o aceptar a un representante para que actúe en su nombre.
- No se le exigirá la compra de servicios adicionales que no formen parte del contrato de residente; y no se le cobrará por servicios adicionales a menos que se notifique previamente por escrito al residente el monto del cargo.
- Sea libre de presentar quejas de acuerdo con la política del proveedor de SLP y esté libre de represalias del proveedor de SLP.