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HFS 2538 AS

Información Especial Para Personas Que Reciben / Solicitan Servicios Del Programa Cuidado En La Comunidad por Medio del Departamento Para Personas de Edad Avanzada

El Departamento Cuidado de Salud y Servicios Para Familias (Healthcare and Family Services - HFS) tiene reglas especiales para considerar los ingresos y bienes de una pareja casada cuando uno de ellos solicita o recibe servicios del Programa Cuidado En La Comunidad (Community Care Program - CCP) por medio del Departamento Para Personas de Edad Avanzada (Department on Aging - DoA). HFS también tiene reglas especiales para transferir bienes cuando una persona (soltera o casada) recibe o solicita servicios de CCP por medio del Departamento Para Personas de Edad Avanzada.

Roteja Los Bienes de su Esposo(a)

Cuando usted solicita o recibe servicios CCP o cuando usted o su esposo(a) lo piden, la oficina local Centro de Recursos Para Familias y Comunidad (Family Community Resource Center - FCRC) del Departamento de Servicios Humanos (Department of Human Services - DHS), determinará el valor de sus bienes. Los bienes incluyen, pero no se limitan a cuentas de banco, certificados de depósitos, acciones, fondos fiduciarios y planes pre-pagados para entierros. Esta determinación le ayudará a planificar la manera cómo quiere manejar sus bienes ahora que ha solicitado o recibe servicios CCP por medio de DoA. Usted no necesita solicitar asistencia para pedir esta determinación. Simplemente llame a su oficina local FCRC, o si vive en Chicago, puede llamar a Medical Field Operations al 312-793-8000.

Usted puede darle su casa, automóvil y los muebles de la casa a su esposo(a) o a otra persona para el beneficio único de su esposo(a). Dependiendo de la cantidad de bienes que su esposo(a) tenga, puede dar a su esposo(a) bienes valorados hasta por $109,560 en el año 2012. Esta cantidad aumentará cada año. Su oficina FCRC local le puede informar sobre las cantidades más actualizadas que puede dar a su esposo(a).

Proteja Los Ingresos de su Esposa(a) y Dependientes

Cuando el trabajador(a) de su caso decide la cantidad de sus ingresos que debe aplicar al costo de su cuidado médico, se permiten deducciones si da dinero a su esposo(a) y a cualquier otro dependiente de su familia. Los dependientes de su familia deben vivir con su esposo(a). Se incluye a niños dependientes menores de 21 años, los hijos adultos dependientes, padres dependientes, hermanos o hermanas dependientes de usted o de su esposo(a).

Dependiendo de las circunstancias, para el año 2012, usted puede dar a su esposo(a) hasta $2,739 de sus ingresos mensuales. Para el 2012, también puede dar $607 mensuales a cada uno de los dependientes de su familia. Estas cantidades aumentarán cada año. Su oficina FCRC local puede informarle sobre las cantidades más actualizadas que usted puede dar.

Transferencia de Bienes Para Personas (Solteras o Casadas) Que Reciben o Solicitan Servicios CCP por Medico del Departamento Para Personas de Edad Avanzada

Una transferencia de bienes ocurre cuando usted o su esposo(a), (sin tomar en cuenta quién tenga interés en los bienes) compra, vende, regala o cambia la manera en que se registraron los bienes. Esto incluye la transferencia del dueño de los bienes mientras se retenga el título vitalicio y cuando el título vitalicio sea liquidado. También ocurre una transferencia cuando se toma una acción que causa que los bienes no puedan ser recibidos, (por ejemplo, la renuncia del derecho a recibir la herencia).

Las transferencias de bienes pueden afectar su elegibilidad. Si usted o su esposo(a) han transferido propiedades por menos de su valor, cuya descripción no está en este folleto, usted puede estar sujeto a un periodo de penalidad para servicios CCP por medio del Departamento Para Personas De Edad Avanzada para cuidado a largo plazo y servicios en instituciones de vivienda con apoyo. Si de lo contrario es elegible, usted tiene derecho a obtener servicios médicos cubiertos. Las transferencias que pueden afectar su elegibilidad son las transferencias hechas dentro de 36 meses (60 meses para fiduciarios específicos) de la fecha:

Si la oficina local FCRC decide que usted está sujeto a un periodo de penalidad, la penalidad empieza desde el mes de la transferencia y continuará hasta que el valor no compensado de los bienes transferidos cubra el costo mensual de los servicios del cuidado al costo del sector privado. Por lo tanto, si se hace una transferencia durante el periodo de penalidad y la oficina local FCRC decide que usted está sujeto a un periodo adicional de penalidad, la penalidad empieza al siguiente mes, posterior al mes en que terminó la penalidad anterior. Si recibe asistencia médica, el trabajador(a) de su caso de la oficina local FCRC le informará el periodo de penalidad.

Puede obtener la información más actualizada sobre ingresos y bienes de su oficina local FCRC.

HFS 2538AS (R-11-12)