La Madre y el Padre: Dan Esperanza A Su Hijo(a) (Oportunidad de Establecer Paternidad en el Hospital)
1. ¿Qué significa el reconocimiento de paternidad?
El reconocimiento de paternidad significa establecer una relación legal entre el padre biológico y su hijo(a) cuando el padre biológico no está casado o en unión civil con la madre biológica del hijo(a). Una manera de hacer esto, es cuando la madre y el padre firman el formulario Reconocimiento Voluntario de Paternidad (VAP, por sus siglas en inglés) y lo registran con el Departamento Cuidado de Salud y Servicios Para Familias (HFS). Es una manera fácil de establecer la paternidad para su hijo(a). Establecer la paternidad crea algunos derechos legales y responsabilidades para su hijo(a) y los padres biológicos.
2. ¿Porque es importante reconocer la paternidad?
- Asegura el derecho del hijo(a) para que tenga una relación legal con su padre biológico.
- Se agrega el nombre del padre biológico en el acta de nacimiento.
- Protege los derechos de los padres biológicos.
- Permite el acceso a la información médica de la familia.
- Asegura los beneficios del hijo(a) tales como ayuda financiera y seguro médico, seguro social, beneficios de veteranos y herencia.
3. ¿Cómo puedo establecer la paternidad en el hospital?
Cuando el bebé nazca, el personal del hospital le pedirá información para completar el acta de nacimiento del bebé. Ellos le proporcionarán y explicarán el VAP, (por sus siglas en inglés) al padre biológico y la madre biológica para que ambos puedan firmar el formulario, sea atestiguado y registrado con el Departamento Cuidado de Salud y Servicios Para Familias (HFS). Para escuchar sus derechos y responsabilidades en inglés y español, puede llamar al 1-800-447-4278. Un empleado del hospital u otra persona puede servir de testigo cuando firme el VAP. El formulario es un documento legal y debe completarlo correctamente y registrarlo con HFS. El personal del hospital enviará el formulario VAP por correo a HFS para que lo registren. Cuando complete el formulario, si no sabe o no tiene alguna información, debe indicarlo con un guion o escriba “No Lo Sé”.
4. ¿Escribirán el nombre biológico del padre en el acta de nacimiento?
Cuando nazca el bebé y el padre biológico y la madre biológica firmen el VAP, el personal del hospital añadirá el nombre del padre biológico al acta de nacimiento y lo enviará electrónicamente a la División de Registro Civil del Departamento de Salud Pública.
Si la madre biológica y el padre biológico no firman el VAP en el hospital, por ley, el nombre del padre biológico no puede añadirse al acta de nacimiento. Si la madre biológica y el padre biológico firman el VAP después de que la madre biológica y el niño salgan del hospital, el nombre del padre biológico se puede añadir después de que el formulario haya sido completado y recibido la División de Registro Civil.
5. ¿Qué pasa si la madre biológica está o estuvo casada o en una unión civil y esa persona no es el padre biológico del niño?
Si la madre biológica estuvo casada o en una unión civil cuando el bebé nació O dentro de 300 días antes del nacimiento del bebé, pero el presunto padre no es el padre biológico del bebé, el presunto padre y la madre biológica pueden firmar la Negación de Paternidad (la Negación) indicando que esta persona no es el padre biológico del niño. Entonces, la madre biológica del niño y el padre biológico pueden firmar el formulario VAP. Cuando los formularios estén firmados y atestiguados, el personal del hospital añadirá el nombre del padre biológico al acta de nacimiento y lo enviará electrónicamente a la División de Registro Civil del Departamento de Salud Pública. Si el presunto padre y madre biológica no firman la Negación, la madre biológica y el padre biológico no pueden firmar el formulario VAP y el presunto nombre del padre, por ley, se escribirá en el acta de nacimiento.
6. ¿Puede la madre biológica y el padre biológico firmar el formulario Reconocimiento Voluntario de
Paternidad si son menores de 18 años?
Sí.
7. ¿Qué debemos hacer si no estamos seguros quién es el padre biológico del niño?
Si no está seguro quién es el padre biológico, usted no debe firmar el formulario VAP. Puede comunicarse con la División Servicios de Manutención de Niños y reciba asistencia para determinar la paternidad del niño.
8. ¿Cómo podemos solicitar una prueba genética?
Si usted está recibiendo dinero o asistencia médica del Departamento de Servicios Humanos o asistencia de la División Servicios de Manutención de Niños (DCSS) de HFS, DCSS le ayudará a completar los formularios apropiados y programar una cita para la prueba genética. Si usted no recibe servicios de ningún departamento actualmente, puede completar una Petición para Servicios de Manutención de Niños (HFS3416) o llamar al Centro de Servicios al Cliente al 1-800-477-4278. También, puede obtener asesoría legal de un abogado de su preferencia.
9. ¿Qué podemos hacer si no firmamos el formulario Reconocimiento de Paternidad Voluntario en el hospital?
Si la madre biológica y el padre biológico no firmaron el VAP cuando la madre biológica y el niño estuvieron en el hospital, podrán llevarse el formulario, completar, firmar y registrarlo con el Departamento Cuidado de Salud y Servicios Para Familias. Para escuchar sus derechos y responsabilidades en inglés y español, puede llamar al Centro de Servicios al Cliente al 1-800-477-4278 del Departamento de Manutención de Niños.
También, puede obtener el formulario VAP en el registro civil local o estatal, la Secretaría del Condado, Departamentos de Servicios Humanos de Illinois, División de Manutención de Niños del Departamento Cuidado de Salud y Servicios Para Familias en
los centros de alimentos WIC de Chicago, o escriba o comuníquese a la División de Registro Civil del Departamento de Salud Pública de Illinois, 925 E. Ridgely Ave., Springfield, Illinois 62702.
10. ¿Tiene que vivir en Illinois la madre biológica, el padre biológico y si aplica, el presunto padre, para reconocer o negar la paternidad?
No. El formulario VAP o el formulario de Negación puede enviarse por correo a la madre biológica, al padre biológico o al presunto padre para que lo firmen. Las dos partes deben firmar los formularios apropiados ante un testigo y seguir las instrucciones para enviarlos por correo a HFS indicadas al reverso del formulario.
11. ¿Debe la madre biológica y el padre biológico firmar el Reconocimiento Voluntario de Paternidad si viven juntos o piensan casarse?
Sí. El arreglo de vivienda de la madre biológica soltera y el padre biológico no establece la paternidad. La paternidad legal se establece cuando el formulario VAP se completa, firma y registra con HFS correctamente.
12. ¿Qué pasa si más adelante la madre biológica o el padre biológico quieren retirar el establecimiento de paternidad?
El Reconocimiento Voluntario de Paternidad se puede revocar (retirar) si los padres firman el formulario (HFS 3416E), Anulación de Reconocimiento Voluntario de Paternidad o la anulación de negación de Paternidad, es atestado y registrado con HFS dentro de los 60 días de la fecha efectiva del Reconocimiento Voluntario de Paternidad o la fecha de un procedimiento en la corte relacionado con el niño, lo que ocurra primero.
Cuando el periodo de tiempo para la revocación ha caducado, un VAP firmado puede cambiarse solamente por una orden judicial o de la corte debido a un fraude, coerción o un error substancial de los hechos y la carga de la prueba es la responsabilidad de la persona que le interesa retirar el VAP.
13. ¿Qué pasa con la custodia, visitas y manutención del niño?
La División Servicios de Manutención de Niños de HFS no determina los asuntos de custodia y visitas. Sólo la corte puede conceder estas peticiones. Sin embargo, al firmar el VAP el padre biológico establece la paternidad y puede pedir a la corte que establezca visitas o custodia.
Si la madre biológica o el padre biológico solicitan servicios de Manutención de Niños del HFS, DCSS ayudará a establecer la orden de manutención de niños y o beneficios médicos. Las pautas obligatorios de Illinois de manutención de niños requieren la información financiera de ambos padres para calcular la obligación de manutención infantil. Cualquiera de los padres puede ser ordenado para proporciona manutención de los hijos y / o cubertura medica. Sin embargo, sólo se ordenará a uno de los padres que pague manutención de los hijos al otro padre
TOME EN CUENTA: ESTO NO ES UN DOCUMENTO OFICIAL QUE INDICA LOS DERECHOS DE UNA PERSONA O LAS OBLIGACIONES ANTE LA LEY. EL PERSONAL DEL HOSPITAL, LOS DEPARTAMENTOS DE CUIDADO DE SALUD Y SERVICIOS PARA FAMILIAS Y DEPARTAMENTO DE SERVICIOS HUMANOS, SALUD PÚBLICA, REGISTROS CIVILES ESTATALES Y LOCALES, SECRETARÍA DEL CONDADO O LOS CENTROS DE ALIMENTOS WIC, SOLAMENTE PROPORCIONAN INFORMACIÓN. PARA ASESORÍA LEGAL DEBE CONSULTAR UN ABOGADO. PARA ESCUCHAR SUS DERECHOS Y RESPONSABILIDADES EN INGLÉS O ESPAÑOL, LLAME AL 1-800-447-4278.
Si tiene preguntas sobre el proceso de VAP o los servicios de Manutención de Niños, llame al Centro de Servicios al Cliente al 1-800-477-4278. Si usa un teletipo (TTY), por favor llame al 1-800-526-5812.
Las preguntas sobre las actas de nacimiento debe dirigirlas a la División de Registro Civil del Departamento de Salud Pública en https://dph.illinois.gov/topics-services/birth-death-other-records.html o 217-782-6554.