DOS PADRES: DÉ A SU HIJO ESPERANZA (Oportunidad Hospitalaria para el Establecimiento de la Filiación (Paternidad/Maternidad)
Reconocimiento Voluntario de Paternidad/Maternidad de Illinois – Términos y Formularios
Términos Clave
- Progenitor/a que da a luz – La persona que dio a luz físicamente al niño.
- Progenitor/a – El progenitor genético o un progenitor intencional de un niño nacido mediante reproducción asistida (excepto subrogación).
- Cónyuge (actual o anterior) – Persona casada o en unión civil con el/la progenitor/a que da a luz en el momento del nacimiento del niño o dentro de los 300 días anteriores al nacimiento.
Formularios Clave
- Reconocimiento Voluntario de Paternidad/Maternidad de Illinois (VAP) – Utilizado por el/la progenitor/a que da a luz y el/la progenitor/a (genético o intencional) para establecer la filiación (Paternidad/Maternidad).
- Negación de Paternidad/Maternidad de Illinois (Denial) – Utilizada por el/la progenitor/a que da a luz y un cónyuge para establecer que el cónyuge no es el progenitor legal.
- Debe ser firmada por ambos.
- Debe presentarse junto con un Reconocimiento Voluntario de Paternidad/Maternidad de Illinois (VAP) firmado por el/la progenitor/a que da a luz y el/la progenitor/a (genético o intencional).
- Cuando ambos formularios se presentan, el cónyuge queda liberado de todos los derechos y responsabilidades parentales, y el/la progenitor/a (genético o intencional) se convierte en el progenitor legal.
3. Rescisión de Reconocimiento Voluntario de Paternidad/Maternidad o Rescisión de Negación de Paternidad/Maternidad de Illinois (Rescission) – Utilizada para retirar un reconocimiento o una negación previamente firmados (plazo de 60 días desde su vigencia).
- El/la progenitor/a que da a luz o el/la progenitor/a (genético o intencional) pueden rescindir un reconocimiento.
- El/la progenitor/a que da a luz o el cónyuge pueden rescindir una negación.
Acrónimos
- Reconocimiento Voluntario de Paternidad/Maternidad de Illinois (VAP)
- Negación de Paternidad/Maternidad de Illinois (Denial)
- Rescisión de Reconocimiento Voluntario de Paternidad/Maternidad o Rescisión de Negación de Paternidad/Maternidad de Illinois (Rescission)
- Departamento de Servicios de Salud y Familia (HFS)
- Unidad de Coordinación Administrativa (ACU)
- Servicios de Manutención Infantil (CSS)
- ¿Qué significa reconocer la filiación (Paternidad/Maternidad)?
Reconocer la filiación (Paternidad/Maternidad) es una forma sencilla de establecer la relación legal entre un/a progenitor/a (genético o intencional) y su hijo, permitiendo que su nombre se incluya en el acta de nacimiento junto con el/la progenitor/a que da a luz, sin necesidad de acudir a un tribunal ni abrir un caso de manutención. Un reconocimiento válido crea derechos y responsabilidades legales para el niño y los padres.
2. ¿Por qué es importante reconocer la filiación (Paternidad/Maternidad)?
*Garantiza el derecho del niño a una relación legal con ambos padres.
*Permite incluir el nombre del progenitor en el acta de nacimiento.
*Protege los derechos del progenitor.
*Permite acceso a información médica familiar.
*Asegura beneficios para el niño como apoyo financiero, atención médica, seguro social, beneficios para veteranos e herencia.
3. ¿Cómo puedo reconocer la filiación (Paternidad/Maternidad) en el hospital?
Cuando nazca el niño, el personal del hospital solicitará información para completar el acta de nacimiento. También le proporcionarán el Reconocimiento Voluntario de Paternidad/Maternidad de Illinois (VAP) y lo explicarán para que ambos lo firmen en presencia de un testigo y sea enviado a la autoridad correspondiente.
Para escuchar sus derechos y responsabilidades en inglés o español, puede llamar al 1-844-215-6576.El formulario es un documento legal y debe completarse correctamente. Cualquier información desconocida debe indicarse con un guion o escribiendo “No sé”.
4. ¿Qué pasa si no firmamos el formulario en el hospital?
Puede completarse posteriormente. Ambos deben firmar el Reconocimiento Voluntario de Paternidad/Maternidad de Illinois (VAP) frente a un testigo adulto (mayor de 18 años que no esté nombrado en el documento) y seguir las instrucciones para enviarlo a la autoridad correspondiente. También puede obtener el formulario en oficinas estatales o locales, registros civiles, oficinas del condado, el Departamento de Servicios Humanos (DHS), centros de nutrición (WIC), el Departamento de Salud Pública (DPH) u oficinas de Servicios de Manutención infantil del Departamento de Salud y Familia (HFS) en (https://hfs.illinois.gov/childsupport.html)
5. ¿El nombre del progenitor aparecerá en el acta de nacimiento?
Sí. Si el Reconocimiento Voluntario de Paternidad/Maternidad de Illinois (VAP) se completa en el hospital, el personal añadirá el nombre del progenitor junto con el del/de la progenitor/a que da a luz. Si se completa después, la autoridad correspondiente notificará al Departamento de Salud Pública para actualizar el acta. El formulario no es válido hasta que haya sido recibido y registrado por la autoridad correspondiente.
6. ¿Qué pasa si el/la progenitor/a que dio a luz estaba casado/a pero el cónyuge no es el progenitor?
Debe completarse una Negación de Paternidad/Maternidad de Illinois (Denial) junto con un Reconocimiento Voluntario de Paternidad/Maternidad de Illinois (VAP). Si el cónyuge no firma la negación, se presume legalmente que es el progenitor y su nombre aparecerá en el acta de nacimiento.
7. ¿Qué hacer si tenemos dudas o queremos una prueba genética?
Si tiene dudas, no firme ni el Reconocimiento Voluntario de Paternidad/Maternidad de Illinois (VAP) ni la Negación de Paternidad/Maternidad de Illinois (Denial). Si tiene dudas sobre firmar el VAP o la Negación —especialmente si desea realizar una prueba genética— no debe firmar ninguno de los dos documentos. En su lugar, puede obtener información adicional a través del sitio web de HFS, CSS website,, o acudir al tribunal para establecer la filiación (Paternidad/Maternidad). Para asistencia con pruebas de ADN y el establecimiento de la filiación, comuníquese directamente con el Departamento al 1-800-447-4278.
8. ¿Qué pasa si alguien cambia de opinión después de firmar?
Puede retirar su consentimiento mediante una Rescisión de Reconocimiento Voluntario de Paternidad/Maternidad o Rescisión de Negación de Paternidad/Maternidad de Illinois (Rescission) dentro de los 60 días posteriores a la presentación del documento.
Después de ese plazo, solo puede impugnarse ante un tribunal por fraude, coacción o error, generalmente dentro de los 2 años siguientes.
9. ¿Puede firmar una persona menor de edad?
Sí. Los padres menores de edad pueden firmar el Reconocimiento Voluntario de Paternidad/Maternidad de Illinois (VAP) sin permiso de sus propios padres.
10. ¿Deben vivir en Illinois para completar el proceso?
No. El Reconocimiento Voluntario de Paternidad/Maternidad de Illinois (VAP) o la Negación de Paternidad/Maternidad de Illinois (Denial) pueden enviarse para su firma. Ambas partes deben firmar ante un testigo adulto y seguir las instrucciones para su presentación.
11. ¿Deben firmar si viven juntos o planean casarse?
Sí. Vivir juntos o tener planes de matrimonio no establece la filiación (Paternidad/Maternidad) legal. Es necesario completar y presentar el Reconocimiento Voluntario de Paternidad/Maternidad de Illinois (VAP).
12. ¿Qué ocurre con la custodia, visitas y manutención?
Solo un tribunal puede decidir sobre custodia y visitas. Las autoridades pueden ayudar a establecer la manutención y la cobertura médica. Ambos padres deben proporcionar información financiera. Solo uno de los padres será ordenado a pagar manutención al otro.
AVISO: ESTE DOCUMENTO NO ES UNA DECLARACIÓN OFICIAL DE DERECHOS U OBLIGACIONES LEGALES INDIVIDUALES. El personal de hospitales y agencias gubernamentales solo puede proporcionar información. Debe consultar a un abogado para recibir asesoramiento legal. Para escuchar sus derechos y responsabilidades en inglés o español, llame al 1-844-215-6576.
Si tiene preguntas, comuníquese al centro de atención al cliente: 1-800-447-4278 TTY: 1-800-526-5812
HFS 3415S (R-01-26)